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Modificaciones orden de vedas pesca Cataluña 2022 respecto 2021

Ya tenemos orden de vedas de pesca de Cataluña 2022. Y como cada año aquí tenéis resumen novedades extraídas de la web de la Administración y el departamento que gestiona la pesca recreativa en aguas continentales. Saber que cambia de un año a otro es la mar de útil.

No es, por lo que podréis ver, un año con muchas modificaciones. Salvo alguna cosa concreta, como el tema del plomo y la no captura de especies heurihalinas, esto en ríos como el Ebro puede dar que hablar.

Novedades destacadas a la normativa de pesca para la temporada 2022

2. Períodos  y horarios hábiles de pesca.

  • 2.1 Períodos hábiles:
    Aguas de salmónidos (trucha común) de baja montaña:
    Con muerte: 12/03 a 28/08
    Sin muerte: 12/03 a 15/10
  • Aguas de salmónidos (trucha común) alta montaña:
    Con muerte: 14/05 a 28/08
    Sin muerte: 14/05 a 15/10
  • En los lagos de Cabdella (NP-10a) y del Valle de Boí (NR-16a) se permite la pesca con muerte hasta el 15 de octubre.

Zonas intensivas (trucha común de repoblación):
Incluidas en aguas de baja montaña con muerte: 12/03 a 28/08
Incluidas en aguas de baja montaña sin muerte: todo el año
Incluidas en aguas de alta montaña con muerte:
            NP-02a: desde 1 de abril hasta el 30 de octubre, ambos incluidos.
            NR-13a: desde 1 de abril hasta el 15 de octubre, ambos incluidos.
Incluidas en aguas de alta montaña, sin muerte:
            NP-02b: desde 1 de abril hasta el 31 de diciembre en la zona del embalse y  de 1 de abril hasta el 6 de noviembre el tramo                                             de río.
            NR-13b: desde 1 de abril hasta el 15 de octubre, ambos incluidos.

5. Cuotas y longitudes de captura de les especies
5.1 Las especies eurihalinas pasan a pescarse solo en la modalidad sin muerte dentro de las aguas continentales.
5.3 Se elimina la cuota de 10 kg de les especies eurihalinas.
18. Prohibición del uso del plomo
Se prohíbe el uso del plomo en todas las aguas continentales de Catalunya. Se elimina la prorroga para las aguas de ciprínidos.

Anejo III. Refugios de pesca
Noguera Pallaresa
66. Quedan recogidos los dos lagos de Guiló y se añade el tramo que río que los une.

Cuenca del Ter
98. Se añaden todas las palancas del refugio del lago de Banyoles.
108. e añaden al refugio de l’estanyol petit de Montalt, les llacunes del Paratge de les cigonyes, els
aiguamolls (humedales) de la Puda y todas las masas de agua no delimitadas.

Anejo IV. Zonas libres sin muerte

Se modifican los limites de ZLLSM-EB-01, ZLLSM-MU-02 por los cambios en el anejo V.
Anejo V. Zonas de pesca controlada

Para adaptarse a los periodos hábiles de los fines de semana se modifican:
Baja montaña con muerte: del 12 de marzo al 28 de agosto
Baja montaña sin muerte: del 12 de marzo al 15 de octubre
Alta montaña con muerte: del 14 de mayo al 28 de agosto
Alta montaña sin muerte: del 14 de mayo al 15 de octubre

Se recupera parte de la ZPC EB-02. Los nuevos limites son: para el tramo superior, desde la presa del pantano de Flix hasta el inicio de la Reserva Natural de Fauna Salvaje (RNFS) de la ribera de l’Ebre a Flix; para el tramo inferior desde el final de la RNFS de la ribera de l’Ebre a Flix hasta el azud de la Central. La colaboración en la gestión se otorga a la SP El Lucio.

Se amplia la ZPC intensiva sin muerte MU-02 en 2,5 km para el tramo inferior. El nuevo limite inferior del intensivo es el azud debajo del puente de la carretera GIV-5041.Se amplían las artes permitidas a artificiales con un anzuelo sin arponcillo aparte del intensivo: desde el azud del Colze hasta el limite inferior.

A causa de les modificaciones del anejo III, se modifican los limites siguientes:
NP-01b: se elimina Guiló del 17è tramo de los límites inferior y superior.
TE-19: se acorta la ZPC, eliminando las 10 palancas del litoral de entorno de l’Estany Banyoles, que pasan a formar parte del                               Refugio de pesca 98.

Por cese de la actividad se eliminan las Sociedades de Pescadores que colaboraban en la gestión de los planes técnicos piscícolas de las siguientes zonas de pesca controlada:
ZPC LL-10 (Amics de la Pesca de Castellgalí)
ZPC LL-21 (ADP Burés)

Aquí tenéis enlace a todo el documento oficial:

https://portaljuridic.gencat.cat/ca/document-del-pjur/?documentId=922622&language=es_ES

Un saludo y buena pesca,

Ferran

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Ferran

Desde pequeño he estado vinculado al río. No puedo pasar por un curso de agua sin detenerme. Escuchar el rumor de sus aguas, ver y sentir la fauna. Son muchas las sensaciones de las cuales no puedo prescindir. Con este blog busco compartir estas dos facetas. Por un lado, mi compromiso por el bienestar de los ríos. Por otro, trasladaros informaciones útiles que puedan aportaros algo interesante para practicar la pesca sin muerte o sencillamente para acercaros a dar un paseo agradable. Ferran

Esta entrada tiene 2 comentarios

  1. Javier romeu

    Llevamos cinco días pescando en el coto de Alfarras 4 personas y no hemos visto ni una trucha como se dice que es un gran coto Dino echan truchas es vergonzoso los socios pagado y la genereralitat metiendose los dineros en el bolsillo que digan cuando replueban VERGÜENZA

    1. Ferran

      El plan de repoblaciones lo publica la Generalitat cada mes. Peces hay, pero las que son nacidas en esas aguas tan asediadas no son tan faciles de prender como las que vienen en cisternas.

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